NUEVO REVÉS AL CÓDIGO MILITAR
La
Suprema Corte de Justicia de la Nación dio un nuevo revés al Código de Justicia
Militar, al declarar inconstitucional un artículo que señala que en los
procesos penales contra soldados la intención delictuosa del acusado deberá
presumirse salvo prueba en contrario. La Primera Sala de la Corte falló contra
el artículo 102 del Código, por considerar que viola el principio de presunción
de inocencia, ya que durante todo el juicio permite dar al acusado trato de
culpable al establecer a priori que la conducta imputada tuvo ánimo delictivo. El
Código fue expedido en 1933 por el Presidente Abelardo Rodríguez, en uso de facultades
extraordinarias, y ante la creciente sofisticación de la defensa de militares
acusados y las reformas Constitucionales sobre derechos humanos se ha
convertido en blanco de demandas constantes ante la justicia federal.
Con
información de reforma
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